?Hay que declarar las clases si soy profesor particular en la Renta 24-25?
Las clases particulares son uno de los aspectos m¨¢s llamativos a rescatar de la Declaraci¨®n de la Renta. Detallamos lo que se debe saber.

Desde el pasado 2 de abril, todos aquellos ciudadanos obligados a ponerse al corriente con el fisco pueden presentar la Renta, que refleja sus actividades profesionales durante el ejercicio anterior, y, por ende, los beneficios y retenciones que han surgido a consecuencia de sus respectivos oficios.
La educaci¨®n es uno de los sectores en los que m¨¢s matices existen, dependiendo del tipo de docencia que se practique. Una de las m¨¢s reconocidas es la que ejercen los llamados ¡®profesores particulares¡¯, que suelen tener una funci¨®n de refuerzo y de ayuda para que el alumno pueda aprobar.
Las clases particulares, un ingreso extra o no dependiendo de la situaci¨®n
Las clases particulares generalmente suelen suponer un ingreso extra a lo que se obtiene cada mes en la actividad profesional que desarrolle el profesor en cuesti¨®n. En el caso de que sea una actividad complementaria, se podr¨ªa ser profesor particular sin la necesidad de darse de alta como aut¨®nomo, siempre y cuando no se superen determinados ingresos. En este caso, se incluir¨ªan en la Renta como rendimiento del trabajo.
En el supuesto de que sea la fuente principal de ingresos, el profesor debe darse de alta de aut¨®nomos. Hay que explicar que la mayor¨ªa de clases particulares est¨¢n exentas de IVA. En cambo, el IRPF s¨ª que se debe abonar ya que la actividad de profesor particular constituye una renta del trabajo. Si el cliente es un aut¨®nomo o una empresa, la factura se debe incluir en el IRPF con un 15%, que debe ser retenido sobre la base imponible. Si tu cliente es un particular, la factura no debe tener IRPF y s¨®lo habr¨ªa que aplicar, si corresponde, el IVA.